SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1995/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1995/2013

Fecha: 04-Nov-2013

    Se llama severamente la atención al Tribunal de alzada, por no observar la jurisprudencia constitucional vigente que es de carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio, al tenor de lo establecido por el art. 203 de la Constitución Política del Estado, al no haber considerado que el accionante se encontraba privado de libertad.