SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2013/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2013/2013

Fecha: 13-Nov-2013

Fragmento 13

           De acuerdo con el entendimiento jurisprudencial citado que transcribe las disposiciones legales del Código de Procedimiento Penal, que regulan y establecen que las notificaciones deben ser practicadas de forma personal a las partes cuando se trata de resoluciones de carácter definitivo; forma y validez de estas diligencias que igualmente son válidas cuando se las efectúan al apoderado legal de la víctima previa otorgación por ésta del poder suficiente para que asuma su representación.