SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2013/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2013/2013

Fecha: 13-Nov-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido en contra de Vladimir Rosales Cuéllar por la presunta comisión del delito de asesinato y otros, el 10 de septiembre de 2012, el Juez de Instrucción Mixto y cautelar de Guanay dispuso su detención preventiva como medida cautelar de carácter personal. Es así que durante la etapa de investigación, los denunciantes ni su apoderado, no realizaron ningún actuado,  tampoco colaboraron con el Ministerio Público, dejando transcurrir más de seis meses abandonando en los hechos la denuncia, por lo cual previa solicitud de su parte, fue beneficiado con la extinción de la acción penal y consiguiente levantamiento de las medidas cautelares que le fueron impuestas a través de la Resolución 156/13-P de 3 de junio de 2013, emitida por el Juez de Instrucción Mixto y cautelar de Guanay de la provincia Larecaja del departamento de La Paz, misma notificada a las partes en su domicilio procesal constando al respecto la notificación al abogado apoderado de las víctimas. Es así que por la vacación judicial el cuaderno se remitió al Juzgado Tercero de Instrucción en lo Penal de El Alto, ante cuyo titular solicitó libre el correspondiente mandamiento de libertad a su favor, mereciendo la providencia de 24 de junio del año en curso, señalando audiencia para el 28 del mismo mes y año, a objeto de considerar su situación jurídica, determinación que consideró vulneraba su derecho a la libertad toda vez que ya existía una resolución de extinción de la acción penal ejecutoriada, planteando recurso de reposición, que fue contestado con el Auto de 3 de julio de 2013, por el que la Jueza ahora demandada dispuso que previamente se proceda a la notificación personal de las víctimas, lo que prueba que la autoridad jurisdiccional no actuó conforme a los principios establecidos en la Constitución Política del Estado.