SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2055/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2055/2013

Fecha: 18-Nov-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Señala que, con el inició de la vacación judicial el 23 de junio de 2013, los expedientes con detenido, fueron remitidos a los juzgados de turno; sin embargo, el Juez Primero de Instrucción en lo Penal, si bien remitió el cuaderno de control jurisdiccional, no lo hizo con las pruebas que su representado adjuntó a momento de solicitar la cesación a la detención preventiva.

Finalmente manifiesta que al pretender desglosar los documentos y solicitar audiencia de cesación a la detención preventiva en el juzgado de turno, su representado se vio extrañado al no existir las pruebas que presento en su oportunidad, encontrándose arrimadas únicamente fotocopias legalizadas, sin dar referencia o constancia a quien fueron entregados los documentos.