Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2078/2013
Fecha: 18-Nov-2013
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Alega como lesionados sus derechos a la libertad personal y de locomoción, a la defensa y al debido proceso y la amenaza de restringir sus derechos de la vida y la integridad física, al efecto cita los arts. 15, 21, 23 y 115 de la Constitución Política del Estado (CPE), 5.1, 7.1, 7.2 y 8.4 de la Delcaracion Universal de Derechos Humanos (DUDH) y 9.1, 14.7 del Pacto Internacional de derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de la autoridad y funcionarios policiales demandados
- “otorgar”
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.2.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- III.3. El juez que conoce la causa ejerce el control jurisdiccional de la investigación
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19