SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2097/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2097/2013

Fecha: 18-Nov-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal que sigue el Ministerio Público a querella instaurada por la Gobernación de Pando contra Leopoldo Fernández Ferreira, María Angélica Shegers de Ojopi, Eldon Ribera Meireles, Dary Andrés Bautista, Jorge Arturo Sánchez, Rubén Darío Cuéllar y su persona, por la presunta comisión de los delitos de malversación, incumplimiento de deberes y conducta antieconómica; concluida la etapa preparatoria, mediante requerimiento de 10 de mayo de 2013, el representante del Ministerio Público, presentó acusación formal contra todos los nombrados acusados, razón por la cual, el Juez Primero de Instrucción en lo Penal de la Capital, emitió el decreto de 15 del mismo mes y año, señalando conforme al art. 325 del Código de Procedimiento Penal (CPP), audiencia conclusiva a llevarse a cabo en La Paz, bajo el simple fundamento que el principal acusado Leopoldo Fernández Ferreira, tiene su domicilio en esa ciudad.

Contra dicha decisión, interpuso recurso de reposición, haciéndole conocer los errores en el que incurrió al asumir esa determinación, por cuanto la indicada ciudad, no es el asiento natural de sus funciones, disponiendo que la mencionada audiencia se instale en Cobija; sin embargo, el nombrado Juez -ahora demandado-, no obstante el tiempo transcurrido, no se pronunció, ni emitió resolución sobre dicho recurso, por lo que se constituyó en la Secretaría del despacho judicial, pero hasta la fecha y hora de interposición de la presente acción constitucional, tampoco obtuvo respuesta alguna.