Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2125/2013
Fecha: 21-Nov-2013
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
El accionante solicita se declare la nulidad del Auto Supremo 306/2012-RA de 27 de noviembre, mediante el cual se admitió el recurso de casación planteado por su parte dentro del proceso penal que se le sigue por la comisión del delito de violación en estado de inconsciencia, toda vez que dicha resolución lesiona su derecho al debido proceso en sus vertientes de derecho a la defensa y a una debida fundamentación de las resoluciones debido a que, ignoraron aplicar la propia jurisprudencia emanada del Tribunal Supremo de Justicia respecto a la admisión de oficio de los recursos de casación cuando se denuncian defectos absolutos insubsanables.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Configuración de la acción de amparo constitucional.
- III.2. Denegatoria de la acción de amparo constitucional por actos libre y expresamente consentidos; reiteración jurisprudencial
- no es suficiente una actuación implícita, dado que el consentimiento expreso importa un acto positivo, concreto, libre e inequívoco, vinculado de manera directa a la actuación ilegal impugnada; en otras palabras, la manifestación de la voluntad debe demostrar, de manera indubitable, el consentimiento a la amenaza o lesión a algún derecho fundamental
- III.3. Análisis del caso concreto
- señalará día y hora de audiencia pública que tendrá lugar dentro de las
- veinte de junio
- 2º