Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2130/2013
Fecha: 21-Nov-2013
concedió
Mediante Resolución 28/13 de 24 de julio de 2013, cursante a fs. 15 a 16, el Juez de Instrucción Mixto y cautelar de concepción, provincia Ñuflo de Chávez, concedió la tutela, disponiendo que cese toda persecución en contra del accionante; la reparación de los daños y perjuicios una vez ejecutoriada la sentencia, y con relación a la remisión de oficio ante el Ministerio Público y ante el Comando Departamental de la Policía Boliviana, se dispondrá también, una vez que se ejecutorié la Resolución dictada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.2.Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. Aprehensión policial
- a. La supuesta lesión o amenaza al derecho a la libertad física o personal no esté vinculada a un delito o, b. Cuando, existiendo dicha vinculación, no se ha informado al juez cautelar sobre el inicio de las investigaciones, no obstante haber transcurrido los plazos establecidos para el efecto en el Código de procedimiento penal
- Fragmento 11
- III.4. Análisis del caso concreto
- abuso de confianza
- Fragmento 14