Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2130/2013
Fecha: 21-Nov-2013
II.1.
II.1. El 22 de julio de 2013 a horas 15:00, funcionarios policiales se constituyeron en el domicilio del accionante Gregorio Cardozo Tarifa, sin previa citación ni orden de autoridad competente, procediendo a su detención para posteriormente trasladarlo a dependencias policiales de Concepción, donde existiría una denuncia por abuso de confianza, manteniéndolo privado de su libertad hasta que efectúe una conciliación con Pedro Ríos, para la devolución de una motocicleta que se encuentra en poder del denunciado, quien fue liberado el mismo día a horas 16:40 (según lo afirmado por el accionante y los funcionarios policiales)(fs. 11).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.2.Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. Aprehensión policial
- a. La supuesta lesión o amenaza al derecho a la libertad física o personal no esté vinculada a un delito o, b. Cuando, existiendo dicha vinculación, no se ha informado al juez cautelar sobre el inicio de las investigaciones, no obstante haber transcurrido los plazos establecidos para el efecto en el Código de procedimiento penal
- Fragmento 11
- III.4. Análisis del caso concreto
- abuso de confianza
- Fragmento 14