SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2137/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2137/2013

Fecha: 21-Nov-2013

denegó

El Juez Segundo de Sentencia Penal del departamento de Potosí, constituido en Juez de garantías, por Resolución 01/2013 de 2 de agosto, cursante de fs. 13 a 15 vta., denegó la tutela solicitada, indicando que: 1) No se presentó elementos que demuestren el actuar de los policías que permita establecer los actos que reclama; 2) Es evidente que los efectivos policiales deben observar la Constitución Política del Estado y las leyes para no conculcar derechos ajenos; sin embargo, los demandados alegan que actuaron dentro de los límites y formalidades para ejecutar el mandamiento; y, 3) La jurisprudencia constitucional ha establecido que el acto denunciado debe acompañar la prueba suficiente que acredite la veracidad de las acusaciones que formula y en este caso no se tiene certeza que se haya transgredido el procedimiento, por el contrario existe un mandamiento emanado por autoridad competente con facultades de allanamiento y habilitación de días y horas extraordinarias.