SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2137/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2137/2013

Fecha: 21-Nov-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 30 de julio de 2013, se constituyeron en su domicilio cuatro funcionarios policiales que ingresaron al mismo vulnerando el derecho a la propiedad privada; también, agredieron física y psicológicamente a su persona y a todos quienes se encontraban en el interior del inmueble, entre ellos dos menores que tienen la siete y trece años.

No cuestiona el mandamiento librado por la jueza de familia sino la forma de ejecución, ello porque los efectivos policiales antes de ingresar al inmueble debieron identificarse dando sus nombres completos y el cargo o grado que tienen, seguidamente explicar la razón del allanamiento a ejecutarse, entregando una copia del mismo a una persona mayor de dieciocho años, haciendo constar que fue recibido para luego recién proceder a ingresar al inmueble en forma legal; es decir, cumpliendo con el procedimiento establecido en la Constitución Política del Estado y el Código de Procedimiento Penal.

En este caso no se ha cumplido el procedimiento legal relacionado, violentando la puerta de acceso del inmueble, ingresando con uso de la fuerza, procediendo a romper los vidrios de la ventana de su dormitorio y con patadas “metieron” (sic) la puerta; ante estos actos su persona atinó a ingresar bajo su cama, lugar del cual con violencia procedieron a sacarlo sin explicación alguna.