Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2174/2013
Fecha: 21-Nov-2013
I.2.1. Ratificación de la acción
Los accionantes a través de su abogado, como cuestión previa solicitaron la suspensión de la audiencia, alegando la inconcurrencia de los Fiscales de Materia codemandados Miguel Trigo Rocha, Lorena Melean Coronado y Limbert Claure Sandoval. Petitorio que fue desestimado por el Tribunal de garantías; motivo por el cual optaron por no hacer uso de la palabra en audiencia.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4
- II.5
- II.6
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 18
- III.2. Sobre la subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
- «
- III.3. Sobre el recurso de apelación contra resoluciones que resuelvan incidentes por actividad procesal defectuosa
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo