SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2174/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2174/2013

Fecha: 21-Nov-2013

II.5

II.5.  Por Auto de 1 de julio de 2011, el Juez Primero de Instrucción en lo Penal de Sacaba, argumentando que del cuaderno procesal, se tiene que la autoridad jurisdiccional de la capital es quien hubiera prevenido el conocimiento de la causa; en tal antecedente en cumplimiento del art. 49 inc. 6) del CPP, dispuso la devolución del proceso ante el Juez mencionado supra (fs. 133 y vta.).