SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2180/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2180/2013

Fecha: 25-Nov-2013

i)

Ángel Arias Morales, Jorge Quino Espejo, Grover Jhonn Cori Paz, Pedro Francisco Callisaya Aro, Félix Rómulo Tapia Cruz, Juan Carlos Berrios y Félix Peralta Peralta, Vocales demandados, por informe cursante a fs. 30 y vta. manifestaron que: i) Los argumentos del accionante son totalmente confusos y contradictorios, porque hace mención a su pedido de perdón judicial presentado y retirado voluntariamente, consiguientemente respecto al retiro nada podemos hacer; ii) Respecto a la nueva solicitud de perdón judicial, debido a que el caso en el que se halla involucrado el accionante es de conocimiento de la Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, se decidió convocar a audiencia pública el 21 de agosto de 2013, para su consideración y resolución; y, iii) Se debe considerar el principio de SUBSIDIARIEDAD descrito ampliamente por la SC 1182/2011-R, que señala que antes de acudir a la acción de libertad se debió efectuar su reclamo ante las autoridades competentes y en caso de negativa recién acudir a esta acción de defensa, máxime cuando el mandamiento de condena fue emitido solo por uno de los hoy demandados.