SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2181/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2181/2013

Fecha: 25-Nov-2013

III.2. La subsidiariedad en la acción de amparo constitucional

Cabe señalar que uno de los principios configuradores de la naturaleza jurídica de esta acción tutelar es el de subsidiariedad, establecido en el art. 54.I del Código Procesal Constitucional (CPCo), que señala: “La Acción de Amparo Constitucional no procederá cuando exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados de serlo”; principio que ha sido desarrollado en forma reiterada por la jurisprudencia constitucional.