Sentencia Constitucional Plurinacional: 2183/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional: 2183/2013

Fecha: 25-Nov-2013

6.

6.  Estatuto Orgánico, deberá sujetarse a lo establecido en el art. 60 del Código Civil, en su parte final deberá llevar firma, el nombre, cargo, número de cédula de identidad de cada uno de los miembros del Directorio y firma del abogado. Asimismo, el Estatuto no deberá proyectar contenido sindical mismo que no es competencia de la Prefectura sino del Ministerio de Trabajo.