SENTENCIA CONSTITUCIONALPLURINACIONAL 2071/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONALPLURINACIONAL 2071/2013

Fecha: 18-Nov-2013

denegó

La Jueza Cuarta de Sentencia Penal del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, dictó la Resolución 022/2013 de 26 de julio, por la que denegó la tutela, con los siguientes fundamentos: 1) En el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Damiana Aurelia Vallejos Kuno, por la presunta comisión de ilícitos incursos en la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, el Tribunal Quinto de Sentencia Penal de El Alto, ordenó su traslado del “Centro de Orientación Femenina de 'Obrajes' al Recinto Penitenciario de 'Miraflores'” (sic) trámite en el que la Central de Notificaciones de El Alto, cumplió con su labor de notificar, por lo que las formalidades procesales fueron cumplidas; 2) Si bien es cierto que los responsables del Recinto Penitenciario Femenino de “Miraflores” cumplieron con la orden de trasladar a la privada de libertad, la misma no pudo ser concretada porque los responsables del Centro de Orientación Femenina de “Obrajes” no tenían conocimiento de su remisión; y, 3) La Resolución del Tribunal que ordenó el traslado de la accionante, dispuso que cualquier denuncia debía efectuarse ante la misma autoridad que emitió la orden o, en su defecto, ante el Juzgado de Ejecución Penal; por lo tanto, al haber concluido las vacaciones judiciales, cualquier vulneración debía ser presentada ante las aludidas autoridades; es decir, antes de activar la jurisdicción constitucional, debió acudirse a las autoridades llamadas por ley, de modo que su incumplimiento significa la transgresión de los arts. 125 de la CPE y 47 del Código