SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0378/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0378/2013

Fecha: 11-Dic-2013

sino también la parte demandada se encuentra impelidade demostrar las afirmaciones y aseveraciones que realiza al presentar suinforme de manera responsable, requisito que tiene por objeto que éste Tribunal tenga la suficiente convicción sobre la veracidad de las afirmaciones de la parte accionante y en todo caso desvirtuar los hechos denunciados; por ello, los antecedentes presentados por la autoridad demandada, que sirvieron de fundamento ala Jueza de garantías para emitir su Resolución, deben ser remitidos a este Tribunal Constitucional Plurinacional.

Del análisis efectuado sobre el tema y la jurisprudencia existente, se concluye que, no solamente la parte accionante tiene la obligación de presentar los medios de prueba para que el Tribunal Constitucional Plurinacional tenga la certeza sobre la veracidad de las denuncias formuladas y la responsabilidad de las autoridades que hubiesen incurrido en el acto ilegal u omisión indebida que hubiese ocasionado lesión al derecho protegido; sino también la parte demandada se encuentra impelidade demostrar las afirmaciones y aseveraciones que realiza al presentar suinforme de manera responsable, requisito que tiene por objeto que éste Tribunal tenga la suficiente convicción sobre la veracidad de las afirmaciones de la parte accionante y en todo caso desvirtuar los hechos denunciados; por ello, los antecedentes presentados por la autoridad demandada, que sirvieron de fundamento ala Jueza de garantías para emitir su Resolución, deben ser remitidos a este Tribunal Constitucional Plurinacional.