Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1257/2013-L
Fecha: 10-Dic-2013
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional en su Sala Liquidadora Transitoria, en virtud de lo previsto en el art. 20.II de la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011; en revisión, resuelve CONFIRMAR la Resolución 13/11 de 7 de diciembre de 2011, cursante de fs. 45 vta. a 52, pronunciada por el Juez Octavo de Sentencia Penal del Distrito Judicial -ahora departamento- de Santa Cruz, y, en consecuencia:
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances de la acción de libertad
- III.2.De la procedencia de la acción de libertad
- III.3.La obligatoriedad de remitir la prueba al Tribunal Constitucional Plurinacional por los Jueces y Tribunales de garantías y el supuesto para que el Tribunal Constitucional Plurinacional emita la resolución en revisión cuando no curse la prueba documental
- III.4. Delimitación entre la jurisdicción constitucional y la ordinaria
- III.5.Análisis del caso concreto
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