SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1257/2013-L
Fecha: 10-Dic-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad, a la defensa y al debido proceso, manifestando que fue beneficiado con la imposición de medidas cautelares sustitutivas a la detención preventiva, sin embargo, ante la apelación de la decisión de la jueza a quo, formulada tanto por su parte como por el Ministerio Público, la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, revocó la decisión apelada, disponiendo la aplicación de la detención preventiva en su contra, considerando que no logró desvirtuar el peligro de fuga y de obstaculización, en cuanto existe confusión y contradicción en la ubicación real y exacta del inmueble donde supuestamente tiene su domicilio, pero, además, en función al componente ramificado de enlaces y personas que influyen negativamente sobre los partícipes, testigos y peritos, elementos que no fueron valorados adecuadamente por la Jueza de la causa.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances de la acción de libertad
- III.2.De la procedencia de la acción de libertad
- III.3.La obligatoriedad de remitir la prueba al Tribunal Constitucional Plurinacional por los Jueces y Tribunales de garantías y el supuesto para que el Tribunal Constitucional Plurinacional emita la resolución en revisión cuando no curse la prueba documental
- III.4. Delimitación entre la jurisdicción constitucional y la ordinaria
- III.5.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR