Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2226/2013
Fecha: 16-Dic-2013
II.3.
II.3. Según acta de 22 marzo de 2013, Juan Chipana Rodríguez, prestó declaración informativa policial, dentro de la denuncia por abigeato en su contra. Al pie del documento, el declarante colocó sus huellas digitales, firmando Mery Gutiérrez Martínez, Fiscal de Materia, Paulino Riquelme Molina, Defensa Técnica y el investigador asignado al caso (fs. 4).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Preventivo,
- Correctivo,
- Reparador,
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- III.2. La tutela del debido proceso a través de la acción de libertad: únicamente cuando exista indefensión absoluta, y el acto acusado de ilegal sea la causa directa para la privación de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR