SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2262/2013
Fecha: 16-Dic-2013
concedió
La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 251/2013 de 7 de agosto, cursante de fs. 163 a 170 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo lo siguiente: a) Dejar sin efecto la Resolución 236/2012 de 1 de octubre, dictada por las autoridades demandadas en el proceso contencioso Administrativo seguido por la Administración Tributaria de Oruro contra la Superintendencia Tributaria General en la que definieron obligaciones tributarias del ahora accionante; y, b) Previamente a emitir nuevo fallo, las autoridades demandadas, citen con la referida demanda contencioso administrativa al contribuyente referido con interés legítimo en ella, concediéndole un plazo prudencial para ser oído y presentar la prueba que considere pertinente; es decir, para que asuma defensa plena y a la conclusión del plazo concedido, dicten nueva Resolución conforme a derecho.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos
- La importancia del debido proceso está ligada a la búsqueda del orden justo
- III.2.1. Participación del tercero interesado en el proceso contencioso administrativo tributario
- III.2.2. Sobre la aplicación de la SC 0090/2006 de 17 de noviembre