Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2262/2013
Fecha: 16-Dic-2013
II.3.
II.3. Según proveído de inicio de ejecución tributaria 24-02583-12 de 24 de octubre de 2012, el Gerente Distrital II Oruro a.i. del SIN, Fedor Sifrido Ordoñez Rocha, anuncia al contribuyente Gastón Jorge Zenteno Zambrana, que se dará inicio de la Ejecución Tributaria de la Resolución determinativa 294/2005 de 10 de octubre, al tercer día de su legal notificación con dicha providencia (fs. 3).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos
- La importancia del debido proceso está ligada a la búsqueda del orden justo
- III.2.1. Participación del tercero interesado en el proceso contencioso administrativo tributario
- III.2.2. Sobre la aplicación de la SC 0090/2006 de 17 de noviembre