SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2267/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2267/2013

Fecha: 16-Dic-2013

II.2.2.

II.2.2. Por Resolución 144/2012 de 12 de noviembre, los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz -ahora demandados- confirmaron el Auto de 28 de septiembre de 2012, con el argumento de que el razonamiento jurídico asumido por el Tribunal Tercero de Sentencia Peal revocando la medida cautelar y por ende disponiendo la detención preventiva de la ahora accionante fue correcto y si bien realizó una fundamentación mínima; empero, consideró que al existir sentencia condenatoria de primera instancia en su contra cuya pena privativa de libertad es de diez años de presidio concurre el riesgo procesal previsto en el art. 234.6 del CPP, así como la probabilidad de la realización de actos preparatorios de fuga, privilegiando de esta manera la vida de la menor como víctima (fs. 75 a 77 vta.).