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    AUTO CONSTITUCIONAL 0011/2013-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0011/2013-CA

    Fecha: 01-Feb-2013

    II.1.

    Se demanda la inconstitucionalidad del art. 52 de la Ley de Seguros de la República de Bolivia y los arts. 10.I y 14 del Reglamento de Sanciones del Sector Seguros, aprobado por RA IS 602 de 24 de octubre de 2003, emitida por la entonces Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, por presuntamente infringir los arts. 1, 109.II, 115.II, 116.II, 117.I, 119.II, 232 308.II, y 410.II de la CPE.

    • Fragmento 1
    • Fragmento 2
    • I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
    • a)
    • Fragmento 5
    • II.1.
    • II.2.  Marco normativo constitucional y legal
    • sobre las que exista una duda razonable, fundada, identificada con precisión por la autoridad judicial o administrativa que promueva la acción
    • de oficio o a instancia de una de las partes, entienda que la resolución del proceso judicial o administrativo, depende de la constitucionalidad
    • la remisión al Tribunal Constitucional Plurinacional se realizará a efectos de su revisión por la Comisión de Admisión”.
    • decreto o resolución de cuya constitucionalidad se duda, tenga que ser aplicada a la decisión final del proceso
    • II.4. Análisis del caso concreto
    • 2°      Poner

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