Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0126/2013
Fecha: 01-Feb-2013
II.3.
II.3. Informe de Dorian Angulo Salvatierra efectivo policial de la FELCN, de 24 de febrero de 2012, a la Fiscal, Aleida Mérida Morales respecto al cumplimiento de allanamiento el bien ahora demandado en el que asevera que “En el inmueble, nos entrevistamos con el Sr. FILIBERTO QUINTANA CAMPOS CON CI. 6523350 Cbba., quien se identifico como ocupante y propietario del inmueble…” (el resaltado nos corresponde) para luego informarle que se dispuso el secuestro de todo el inmueble (fs. 158 y vta.) nombrándose como depositario del inmueble a Raúl Omonte Sejas (fs. 173).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- Fragmento 5
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Juez cautelar encargado de ejercer el control jurisdiccional de la investigación. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Derecho a la tutela judicial efectiva o acceso a la justicia. Jurisprudencia reiterada
- acudir ante los órganos de administración de justicia para formular peticiones o asumir defensa y lograr el pronunciamiento de una resolución que tutele sus derechos, como bien jurídico protegido
- III.3.
- 1)
- i) Respecto de Oscar Flores Zeballos, Juez Segundo de Instrucción en lo Penal de Quillacollo
- ni siquiera en ese momento se identificaron como propietarios
- iii) Otras consideraciones
- 1° REVOCAR en parte
- 2° DISPONER