Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0126/2013
Fecha: 01-Feb-2013
II.4.
II.4. Por memorial de 7 de marzo de 2012, dirigido al Juez codemandado, Eliodora Montesinos Rocha, se apersonó, denunciando abusos cometidos y solicitando se disponga la inmediata devolución de inmueble (fs. 18 y vta.). El 8 de igual mes y año, la autoridad judicial dispuso que “se dispone que el Ministerio Público someta a control jurisdiccional los efectos del registro del inmueble… e informe sobre la denuncia que contiene el presente memorial, otorgando un plazo razonable de tres días” (fs. 19).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- Fragmento 5
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Juez cautelar encargado de ejercer el control jurisdiccional de la investigación. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Derecho a la tutela judicial efectiva o acceso a la justicia. Jurisprudencia reiterada
- acudir ante los órganos de administración de justicia para formular peticiones o asumir defensa y lograr el pronunciamiento de una resolución que tutele sus derechos, como bien jurídico protegido
- III.3.
- 1)
- i) Respecto de Oscar Flores Zeballos, Juez Segundo de Instrucción en lo Penal de Quillacollo
- ni siquiera en ese momento se identificaron como propietarios
- iii) Otras consideraciones
- 1° REVOCAR en parte
- 2° DISPONER