Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0142/2013
Fecha: 14-Feb-2013
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el accionante por la presunta comisión del delito de lesiones gravísimas, el Juez Noveno de Instrucción en lo Penal, el 9 de octubre de 2012, dispuso su detención preventiva como medida cautelar de carácter personal (según lo afirmado en el memorial de demanda de la acción de libertad, fs. 5 a 6 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Trámite procesal de la apelación incidental de una medida cautelar
- Principio de celeridad en la tramitación de solicitudes vinculadas al derecho a la libertad
- III.3. Recaudos de ley en apelación incidental (art. 251 CPP) y el principio de gratuidad en la administración de justicia
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR