Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0142/2013
Fecha: 14-Feb-2013
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
El accionante, alega que la autoridad demandada ha vulnerado su derecho a la libertad, con una dilación en la remisión del recurso de apelación incidental que interpuso contra la resolución que dispuso su detención preventiva, incumpliendo con los plazos procesales señalados en el art. 251 del CPP, que establece que la apelación será resuelta dentro de las setenta y dos horas de ser planteada. En consecuencia, corresponde determinar si los extremos demandados son evidentes para conceder o denegar la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Trámite procesal de la apelación incidental de una medida cautelar
- Principio de celeridad en la tramitación de solicitudes vinculadas al derecho a la libertad
- III.3. Recaudos de ley en apelación incidental (art. 251 CPP) y el principio de gratuidad en la administración de justicia
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR