Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0142/2013
Fecha: 14-Feb-2013
II.2.
II.2. Contra la referida resolución, el accionante mediante memorial presentado el 12 de octubre de 2012, interpuso recurso de apelación incidental, el mismo que según lo aseverado por el imputado no fue remitido ante el Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, hasta la fecha de presentación de la acción constitucional (fs. 1 a 3 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Trámite procesal de la apelación incidental de una medida cautelar
- Principio de celeridad en la tramitación de solicitudes vinculadas al derecho a la libertad
- III.3. Recaudos de ley en apelación incidental (art. 251 CPP) y el principio de gratuidad en la administración de justicia
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR