SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0182/2013
Fecha: 27-Feb-2013
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El abogado del accionante, solicitando inicialmente la tutela de los derechos a la libertad y al debido proceso de su mandante, previstos en los arts. 22, 23 y 115 de la Constitución Política del Estado (CPE), se ratificó en el tenor de la demanda, haciendo hincapié en que el recurso de apelación contra la resolución que impuso la detención preventiva, no fue interpuesta por su cliente, sino por otros coimputados; motivo por el cual el demandado debió sustanciar la cesación de la detención preventiva solicitada por su cliente de manera personal y no suspender la audiencia señalada al efecto, ocasionando dilación y prolongación de su privación a la libertad; en este sentido habiendo agotado la instancia ordinaria mediante la interposición del recurso de reposición que impugnaba la decisión del juzgador de suspender la audiencia de cesación, se abre, de acuerdo a la jurisprudencia constitucional, la tutela de la acción de libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- “otorgó”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- indebidamente procesada
- tratándose de medidas cautelares de carácter personal
- III.2. Naturaleza jurídica de las medidas cautelares y el carácter individual de las mismas cuando existe pluralidad de imputados
- a menos que los motivos en que se base sean exclusivamente personales
- III.3.
- c) Se suspende la audiencia de consideración, por causas o motivos que no justifican la suspensión, ni son causales de nulidad
- III.4. El hábeas corpus traslativo o de pronto despacho
- el hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, se constituye en el medio idóneo y efectivo en caso de existir vulneración al principio de celeridad respecto a trámites judiciales o administrativos que se encuentren directamente vinculados con el derecho a la libertad; es decir, cuando existen dilaciones indebidas que retardan o evitan resolver la situación jurídica de una persona que se encuentra privada de libertad
- III.5. Análisis del caso concreto
- por la parte querellante y los coimputados
- CONFIRMAR