Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0195/2013
Fecha: 27-Feb-2013
II.3.
II.3. Mediante memorial presentado el 23 de octubre de 2012, José Remberto Bazoalto Medrano, por el accionante, a tiempo de hacer conocer y acompañar el certificado de depósito realizado de la asistencia familiar, señaló un nuevo domicilio procesal, a efectos de futuras notificaciones; domicilio que fue decretado como señalado por el Juez ahora demandado, de acuerdo a lo expresado por el Juez de garantías a tiempo de emitir su Resolución (fs. 10 y 23).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. La persecución ilegal o indebida como causal de procedencia para la acción de libertad
- III.3. Los derechos al debido proceso y a la libertad, invocados por el accionante
- III.4. Las condiciones de validez para restringir el ejercicio del derecho a la libertad física
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR