Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0200/2013
Fecha: 27-Feb-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega, la vulneración de sus derechos a la libertad y al debido proceso, por cuanto el Juez Primero de Instrucción en lo Penal, codemandado al emitir la Resolución 137/2012 de 8 de marzo, en la que denegó la cesación a la detención preventiva, no actuó conforme a las normas procedimentales y la jurisprudencia constitucional, omitiendo inclusive dar una fundamentación y valoración conforme a derecho. Así también, los Vocales de la Sala Penal Primera codemandados al dictar la Resolución 75/2012 de 24 de mayo, en la que confirmaron el fallo de primera instancia, también omitieron realizar la correcta valoración y motivación.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza
- no puede pronunciarse sobre cuestiones que son de exclusiva competencia de aquellos, y menos atribuirse la facultad de revisar la valoración de la prueba que hubieran efectuado las autoridades judiciales competentes…'
- 1) Cuando en dicha valoración exista apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsibles para decidir y 2) Cuando se haya omitido arbitrariamente valorar la prueba y su lógica consecuencia sea la lesión de derechos fundamentales y garantías constitucionales,
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR