Sentencia: 0087/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0087/2013-L

Fecha: 12-Mar-2013

vía Recurso de Apelación, las resoluciones de los Tribunales Electorales Departamentales sobre demandas de inhabilitación de candidaturas en procesos electorales de alcance departamental, regional y municipal

         En cuanto a las atribuciones del Tribunal Supremo, el art. 26.2 de la LOE prevé que están facultados para: “Conocer y decidir, sin recurso ulterior, las demandas de inhabilitación de candidaturas en procesos electorales de alcance nacional; y, vía Recurso de Apelación, las resoluciones de los Tribunales Electorales Departamentales sobre demandas de inhabilitación de candidaturas en procesos electorales de alcance departamental, regional y municipal” (el resaltado me corresponde); y, el art. 31 de la citada disposición legal indica: “I. Los Tribunales Electorales Departamentales son el máximo nivel y autoridad del Órgano Electoral Plurinacional a nivel departamental, con jurisdicción y atribuciones en sus respectivos departamentos, bajo las directrices del Tribunal Supremo Electoral. Su sede está en la capital del respectivo departamento.