SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2013-L

Fecha: 06-Mar-2013

I.2.2. Informe de las autoridades demandadas

Angélica Gerarda Paniagua Yépez, Jueza Tercera de Partido de Familia -hoy codemandada- a fs. 256 y vta., presentó informe escrito ante el Tribunal de garantías indicando que: el 15 de noviembre de 2010, Adhemar Fernández Ripalda, hizo conocer a Marcelo Barrientos Díaz, Juez Cuarto de Partido de Familia, la suplencia -al haber sido su autoridad suspendida- por el lapso de noventa días, la misma que corría desde el 1 de julio del referido año, resolución que emergió de presidencia.

Teresa Lourdes Ardaya Pérez y Victoriano Morón Cuellar, Vocales de la Sala Civil Segunda, de fs. 258 a 259 presentaron informe escrito, señalando que el Tribunal no podía ingresar al análisis de los hechos, en cuanto al fondo, debido a la omisión cometida en el recurso y que fue atribuible a la recurrente, por lo que se limitaron a conocer los puntos resueltos por el inferior. En cuanto a la complementación y enmienda de parte de la accionante, dispusieron mediante Auto Supremo de 9 de noviembre de 2010, no ha lugar, ya que el auto Supremo de 19 de octubre del mismo año, es claro, preciso y concreto en su texto y contenido.