SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2013-L
Fecha: 06-Mar-2013
III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
La SC 0769/2011-R de 20 de mayo, al respecto estableció que: "… La acción de amparo constitucional consagrada por el art. 128 de la Constitución Política del estado (CPE), se instituye por la ley fundamental como una acción tutelar de defensa contra actos u omisiones ilegales o indebidas de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la misma Constitución Política del Estado y la ley.
De conformidad a la disposición constitucional citada y en aplicación y vigencia de la Constitución Política del Estado, la acción de amparo constitucional es una acción de defensa de todos lo derechos fundamentales y garantías previstas en la Ley Fundamental y en los Pactos y Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos ratificados por nuestro Estado Plurinacional (art. 410 de la CPE), salvo los derechos a la libertad y a la vida -cuando éste se encuentre vinculado a la libertad- que esta bajo la protección de una acción específica como es la acción de libertad.
Consiguientemente, esta acción de defensa tienen por finalidad única el resguardo de los derechos fundamentales de quien acude buscando tutela, lo que determina su alcance en relación a la protección de derechos y garantías constitucionales y no asi de principios; empero, por la misma naturaleza jurídica del amparo constitucional como acción extraordinaria de defensa no puede omitirse considerar el resguardo y materialización de los principios ordenadores de la administración de justicia en cada caso concreto, por ende, es viable la protección de principios constitucionales -vía amparo constitucional- cuando de ella emerjan lesiones a derechos fundamentales o garantías constitucionales. (En ese mismo sentido las SSCC 0107/2010-R, 0485/2010-R y 0584/2010-R, entre otras)".
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.4. Consideraciones de sala
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Respecto al derecho a la vida
- III.3.
- III.4. Respecto al derecho de trabajo
- III.5. Respecto a la inamovilidad laboral de la mujer embarazada y protección al ser en gestación
- inamovilidad laboral
- III.6. Respesto a la seguridad social
- Fragmento 16
- III.7. Sobre el desistimiento en acciones de amparo constitucional
- Fragmento 18
- III.8. Análisis del caso concreto
- III.9. Otras consideraciones
- 2º