Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0040/2013-L
Fecha: 06-Mar-2013
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 287/12 de 29 de noviembre de 2012 cursante de fs. 665 a 668 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Víctor Hugo Rivera Márquez y Vanessa Carola Burgos Zamora en representación de Rodolfo Viaña Alborta y María Teresa Gonzales de Viaña contra Juan Evo Morales Ayma, Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia; Nemesia Chacollo Tola, Ministra de Desarrollo Rural; Luis Alberto Arratia Jiménez, e Iván Gantier Lemoine, ex Vocales de la Sala Primera; Lidia Chipana Chirinos, Isabel Ortuño Ibañez y Mario Pacosillo Calsina, Vocales de la Sala Liquidadora Primera todos del Tribunal Agrario Nacional -ahora Tribunal Agroambiental.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- improbada
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- DENIEGA POR IMPROCEDENTE”
- I.3. Consideraciones de sala
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- I.
- II.
- III.2. La interpretación de la legalidad ordinaria facultad privativa de la jurisdicción ordinaria
- “
- III.3. Respecto de la valoración de la prueba
- CONFIRMAR