SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2013-L

Fecha: 06-Mar-2013

1)

Lourdes López Soruco, Sub Registradora de DD.RR., mediante informe presentado el 24 de marzo de 2011, cursante de fs. 154 a 157, manifestó: 1) Los accionantes señalaron que el titulo ejecutorial otorgado a favor de Julia Coria Montaño Vda. de Oporto e inscrito en el folio real con matrícula 6051220000210 emergente de la “Resolución Suprema Anulatoria” y de “Conversión” 228996 de 25 de julio de 2008, se halla objetado por un “recurso” de nulidad en la vía agraria encontrándose pendiente de Resolución por el citado Tribunal Agrario Nacional -ahora Tribunal Agroambiental-, ante la instauración de la acción de amparo constitucional, previamente se debe agotar esa vía; 2) Conforme al numeral 4 de la citada Resolución, se dispuso que se salvan los derechos de terceros beneficiarios de la superficie restante del titulo ejecutorial anulado 387098, quedando sujeta de regularización y perfeccionamiento, “conllevando los efectos de la presente a fin de obtener un nuevo titulo ejecutorial vía conversión sujeta al cumplimiento de la función social o económico social prevista en el actual marco normativo agrario” (sic); y, 3) De acuerdo al folio real con matrícula 6.05.1.04.0000162, se constata que no hay medida precautoria dispuesta por el Tribunal Agrario Nacional, que pueda impedir la inscripción de algún acto de disposición o cancelación respecto a “estos asientos de inscripción” (sic), puesto que ante la inexistencia de una medida precautoria, no puede paralizarse o denegarse ninguna inscripción o cancelación.