Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2013-L
Fecha: 06-Mar-2013
II.6.
II.6. Demanda de nulidad de 5 de febrero de 2010, del titulo ejecutorial agrario MPA-NAL-001019 de 1 de junio de 2009, que dispuso “la cancelación de las partidas de la propiedad de la superficie de Titulo Ejecutorial anulado Nº 387098” (sic), incoada por Enrique Ramón Ross Mollinedo, quien alegó que junto con Soledad Oporto de Ross, su cónyuge, tienen legítimo derecho propietario en acciones y derechos en el fundo rural “Villa Clorinda” (fs. 20 a 27 vta.) misma que fue admitida mediante Auto de 4 de marzo de 2010, por la Sala Segunda del Tribunal Agrario Nacional (fs. 28).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 16
- III.3. Análisis del caso concreto
- de la superficie restante del Título Ejecutorial Anulado Nº 387098, quedando sujeta a su regularización y perfeccionamiento vía proceso de saneamiento
- i)
- CONFIRMAR