SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2013-L
Fecha: 06-Mar-2013
II.3.
II.3. RS 228996 de 25 de julio de 2008, emitida por Juan Evo Morales Ayma, Presidente Constitucional de la República de Bolivia, luego de haberse concluido el proceso de saneamiento realizado por el INRA al fundo rural “Villa Clorinda”, ubicado en los cantones las Tomatas y La Victoria, sección Primera, provincia Eustaquio Méndez del departamento de Tarija, por la que anuló el titulo ejecutorial 387098 y, vía conversión, otorgó nuevo titulo ejecutorial individual a favor de Julia Coria Montaño Vda. de Oporto, con la superficie de 16,0496 ha, clasificada como mediana propiedad con actividad agrícola, determinando se proceda a la cancelación de la partida de propiedad, gravámenes e hipotecas que recaigan sobre la superficie del citado titulo ejecutorial; salvo los derechos “de los terceros beneficiarios de la superficie restante del Titulo Ejecutorial Anulado Nº 387098, quedando sujeta a su regularización y perfeccionamiento vía proceso de saneamiento, conllevando los efectos de la presente a fin de obtener un nuevo Título Ejecutorial vía conversión…” (sic) (fs. 1 a 6).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 16
- III.3. Análisis del caso concreto
- de la superficie restante del Título Ejecutorial Anulado Nº 387098, quedando sujeta a su regularización y perfeccionamiento vía proceso de saneamiento
- i)
- CONFIRMAR