SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2013-L
Fecha: 12-Mar-2013
1)
Julieta Mabel Monje Villa, Ministra de Medio Ambiente y Agua, mediante informe escrito cursante de fs. 130 a 131, señaló lo siguiente: 1) El art. 30 del DS 0071 de 9 de abril de 2009, establece que la Ministra de Desarrollo Rural y Tierras, tiene la facultad de asumir las atribuciones conferidas a la Superintendencia General del Sistema de Regulación de Recursos Naturales y Renovables en materia forestal y agraria, debiendo conocer y resolver los recursos jerárquicos contra las resoluciones que resuelvan los recursos de revocatoria, pronunciadas por el Director Ejecutivo de la ABT; 2) El DS 0429 de 10 de febrero de 2010, modificó a la estructura de varios Ministerios, entre ellos el Ministerio de Medio Ambiente y Agua como el de Desarrollo Rural y Tierras, en ese sentido la Ministra de Medio Ambiente y Agua tiene bajo su dependencia a la ABT; 3) Es así que el 11 de marzo de 2010, el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, transfirió los procesos administrativos en grado de recurso jerárquico en materia forestal a favor del Ministerio de Medio Ambiente y Agua, y se pudo evidenciar que el recurso planteado por Sandra Fabiola Vaca Diez en representación de Mario Francisco Vaccari, fue resuelto mediante la RA 009/2009; 4) La referida Resolución fue impugnada por el representado del accionante, que la dirigió contra la Ministra de Desarrollo Rural y Tierras y no contra la MAE del Ministerio de Medio Ambiente y Agua, por tanto no fue notificada con el proceso radicado en la Sala Segunda del entonces Tribunal Agrario Nacional, demanda que no fue modificada de acuerdo al art. 332 del CPC, conforme lo establece el Auto Interlocutorio Definitivo 31/2010; y, 5) Al no estar la entidad pública constituida como parte en el proceso contencioso administrativo, en ningún momento ha vulnerado derecho alguno.
- acción de amparo constitucional
- LA HABANA
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- Fragmento 8
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 16
- III.2. Sobre el debido proceso
- III.3. El derecho a la defensa
- III.4. La modificación de la demanda
- Fragmento 20
- III.6. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR