Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2013-L
Fecha: 12-Mar-2013
II.5.
II.5. Cursa el informe de 20 de septiembre de 2010, emitido por la Secretaria de Cámara de la Sala Segunda del Tribunal Agrario Nacional -ahora Tribunal Agroambiental-, en el cual en su punto 4 señaló “…NEMESIA CHACOLLO TOLA en su condición de Ministra de Desarrollo Rural y Tierras a tiempo de responder a la demanda contenciosa administrativa…” (sic) (fs. 24 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- LA HABANA
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- Fragmento 8
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 16
- III.2. Sobre el debido proceso
- III.3. El derecho a la defensa
- III.4. La modificación de la demanda
- Fragmento 20
- III.6. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR