Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2013-L
Fecha: 12-Mar-2013
i)
Remitido el expediente ante este Tribunal por AC 0056/2012-RCA-SL de 17 de septiembre, cursante a fs. 110 a 116, se dispuso: i) Revocar la Resolución 226/2011 de 17 de junio, cursante de fs. 95 a 96 vta., pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Chuquisaca; y ii) Disponer que el Tribunal de garantías admita la acción de amparo constitucional, y en audiencia pública de consideración determine lo que en derecho corresponda, sea concediendo o denegando la tutela.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y aclaración de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.2.
- III.3. Análisis d
- denegado
- CONFIRMAR