SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2013-L

Fecha: 12-Mar-2013

b.

b.  El proyecto de interpelación deberá contener como mínimo los antecedentes que han motivado al Concejo adoptar este recurso administrativo. La fundamentación legal sobre la que basa el recurso. La justificación de la importancia que tiene para el Concejo la información o documentación requerida. Un cuestionario básico de las preguntas que, entre otras, deberán ser respondidas por el alcalde en el desarrollo de la interpelación. Además el día, lugar, fecha y hora de la interpelación.