SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0098/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0098/2013-L

Fecha: 20-Mar-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El accionante refiere que “la Asociación Mutual de Ahorro y Préstamo para la Vivienda 'La Primera', interpuso demanda contencioso tributaria contra la Gerencia de Grandes Contribuyentes de La Paz (GRACO) del Servicio de Impuestos Nacionales, impugnando la Resolución Administrativa Nº 15-0004-02 de 27 de agosto de 2002 y la Intimación de Pago Nº A.R. 33147-589-4, consignada en la referida” (sic).

En el proceso, “el Juzgado Tercero Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la ciudad de La Paz, dictó la Sentencia 10/2005 de 24 de agosto2005, declarando probada en parte la demanda, por consiguiente extinguida por prescripción la obligación tributaria”. En apelación la Sala Social Segunda de la entonces Corte Superior de La Paz, emitió el Auto de Vista 200/06 de 21 de septiembre de 2006, que revocó la sentencia emitida en primera instancia. En casación la Sala Social Administrativa Primera de la entonces Corte Suprema de Justicia, dictó el Auto Supremo 538 de 28 de octubre de 2010, que casa el Auto de Vista citado y mantiene lo decidido en la Sentencia 10/2005; sin embargo, la Resolución del Tribunal de casación, si bien hace uso de sus atribuciones, no se dio cumplimiento a los arts. 62 y 77 de la Ley de Organización Judicial (LOJabrog.) y 277, 278 y 279 del Código de Procedimiento Civil (CPC); es decir, que la casación no se emitió con tres votos conformes, sino únicamente con dos, contrariando la jurisprudencia constitucional que cita.