Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0098/2013-L
Fecha: 20-Mar-2013
II.3.
II.3. Por Auto de Vista 200/06 de 21 de septiembre de 2006, dictado por la Sala Social Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de La Paz, resuelve en apelación revocar la referida Sentencia, por no haberse operado el curso de la prescripción y declarando improbada la demanda interpuesta por la Asociación Mutual de Ahorro y Préstamo para la Vivienda “La Primera” (fs. 7 a 8 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre los principios de seguridad jurídica, igualdad y legalidad
- a un proceso
- III.3.2. La tutela judicial efectiva
- III.4. Marco legal
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR