SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2013-L

Fecha: 20-Mar-2013

el Tribunal o el Juez de garantías admitieron la acción de amparo constitucional a pesar de no cumplir con alguno de los requisitos de contenido o de forma, corresponderá al Tribunal Constitucional en revisión, denegar la tutela sin ingresar al análisis de la problemática planteada

Es así que la indicada SC 1044/2011-R, concluyó que: '…el Tribunal o el Juez de garantías admitieron la acción de amparo constitucional a pesar de no cumplir con alguno de los requisitos de contenido o de forma, corresponderá al Tribunal Constitucional en revisión, denegar la tutela sin ingresar al análisis de la problemática planteada'” (las negrillas son nuestras).