SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0238/2013
Fecha: 08-Mar-2013
denegó
Mediante Resolución 20/12 de 30 de noviembre de 2012, cursante de fs. 70 a 73, la Jueza Cuarta de Partido y de Sentencia Penal y Liquidadora de El Alto, departamento de La Paz, denegó la tutela, con los siguientes fundamentos: 1) El accionante denuncia la conculcación de su derecho al debido proceso, en el que tienen que concurrir dos presupuestos: que el acto vulneratorio tenga relación directa con la libertad y la indefensión absoluta, en el presente caso, la falta de remisión de la apelación incidental planteada contra la Resolución 407/12 de 17 de octubre, no constituye causa directa de la restricción de libertad del accionante, evidenciándose que dicho recurso ha sido remitido, aunque con demora procesal que no tiene relación inmediata con su detención domiciliaria; 2) La jurisprudencia constitucional que establecía que no se debía celebrar la audiencia de medidas cautelares en tanto no se resuelva la apelación de las excepciones, ha sido modulada por la SC 0848/2006-R y ratificada por las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0048/2012 y 0707/2012, en sentido que, durante el trámite de apelación respecto a las resoluciones que resuelven las excepciones en la etapa preparatoria, la investigación debe continuar su curso, teniendo el Juez cautelar competencia de pronunciar las resoluciones pertinentes como contralor de la investigación de los derechos y garantías de las partes; y, 3) Respecto a los actos denunciados de la Actuaria del Juzgado, tampoco tiene relación directa con la restricción de la libertad del accionante y de acuerdo a la SC 1214/2005-R, los secretarios, actuarios, auxiliares y oficiales de diligencias, no tienen legitimación pasiva para ser demandados, existiendo las instancias correspondientes para denunciar los actos y omisiones con relación al cumplimiento de sus funciones a través de la unidad disciplinaria.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 12
- III.2. Acción de libertad y la persecución ilegal o indebida
- III.3. La acción de libertad y el debido proceso
- Fragmento 15
- III.3.1.
- III.4. De la legitimación pasiva de los funcionarios subalternos judiciales
- III.5. Análisis del caso concreto
- III.5.1.Vulneración del debido proceso y la actuación de la autoridad jurisdiccional
- III.5.2. Sobre la Actuaria del Juzgado Primero de Instrucción en lo Civil de El Alto en suplencia legal del Juzgado titular
- CONFIRMAR