SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0238/2013
Fecha: 08-Mar-2013
i)
La demandada, Jueza Tercera de Instrucción en lo Penal, Dina Jenny Larrea López, en su informe escrito de fs. 57 a 59, manifestó: i) El accionante y su madre, el 29 de octubre de 2012, solicitaron señalamiento de audiencia de medidas cautelares, que fue fijada para el 14 de noviembre del mismo año, firmado por el Juez suplente, ya que su persona se encontraba con baja médica, retomando sus funciones el 31 de octubre de ese año; ii) Realizada la audiencia en la fecha fijada, el abogado del accionante en ningún momento pidió se considere la apelación ni para que se suspenda dicho actuado procesal, pues se abocó a realizar la defensa presentando documentación respaldatoria para desvirtuar los riesgos procesales que se mencionaban en la imputación formal. Es así, que concluida la audiencia emitió la Resolución 452/12 de 14 de noviembre, otorgando medidas sustitutivas para ambos imputados, disponiendo, entre otras, detención domiciliaria para el accionante, fallo contra el cual planteó apelación; iii) Con referencia al memorial presentado por el accionante el 12 de noviembre de 2012, existe el decreto que conmina a Secretaría que en el día remita la apelación, por ser sus funciones conforme a ley. Por lo indicado, se evidencia que el abogado dio fe en la audiencia de medidas cautelares, con la defensa presentando además documentación que desvirtúe los riesgos procesales; y, apeló de la detención domiciliaria impuesta, extremos por los que queda claro, que lo que pretende el accionante es sorprender la buena fe del Juez de garantías y a través de esta acción no cumplir con las medidas sustitutivas; y, iv) Existe preclusión relativa, por cuanto al no haber hecho conocer la inobservancia oportunamente; es decir, antes de la instalación de la audiencia quedó precluido ese derecho, solicitando por lo expuesto el rechazo de la acción de libertad, denegando la tutela.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 12
- III.2. Acción de libertad y la persecución ilegal o indebida
- III.3. La acción de libertad y el debido proceso
- Fragmento 15
- III.3.1.
- III.4. De la legitimación pasiva de los funcionarios subalternos judiciales
- III.5. Análisis del caso concreto
- III.5.1.Vulneración del debido proceso y la actuación de la autoridad jurisdiccional
- III.5.2. Sobre la Actuaria del Juzgado Primero de Instrucción en lo Civil de El Alto en suplencia legal del Juzgado titular
- CONFIRMAR