Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0254/2013
Fecha: 08-Mar-2013
I.1.3. Petitorio
Solicita se disponga el cálculo de su renta desde el mes siguiente a su retiro, en cumplimiento al art. 16 del Decreto Ley (DL) 14643 de 3 de junio de 1977 y art. 67 de la Resolución Secretarial 1000089/97 de 21 de julio de 1997. El cálculo de los doce últimos meses de salario a la fecha de su retiro en cumplimiento de los arts. 67 y 88 de la Resolución Secretarial de referencia; y, que no se proceda al descuento del 16% por no cumplir los 55 años de edad, al ser contraria con el art. 46 del Código de Seguridad Social (CSS), art. 9 de su Reglamento y art. 1 del Decreto Supremo (DS) 17305 de 24 de marzo de 1980.
- I.1.1. Hechos que motivan la demanda
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concediendo
- II.1.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3.La excepción al principio de subsidiariedad de la acción amparo constitucional tratándose del derecho a la seguridad social
- III.4.Derecho a la seguridad social
- Fragmento 15
- III.5. Sobre la falta de motivación y fundamentación de las resoluciones
- III.6. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR